DIRAYA es el sistema que se utiliza en el Servicio Andaluz de Salud como soporte de la historia clínica electrónica. Integra toda la información de salud de cada una de las personas atendidas en los centros sanitarios, para que esté disponible en el lugar y momento en que sea necesario para atenderle, y sirve también para la gestión del sistema sanitario y sin duplicicidades.

Cada usuario tiene un identificador univoco para que se pueda utilizar en aras de identificar toda la información clínica de una persona: NUHSA

En el Servicio de Documentación del Hospital Clínico San Cecilio se han elaborado diferentes protocolos que nos van a permitir realizar un manejo correcto de la historia clínica de salud por parte del profesiona y de los pacientes

 

El Servicio de Documentación ha elaborado un protocolo de elaboración y tramitación de los formularios complementarios y anexado de documentos, para acceder a el, haz clic en el siguiente enlace: Elaboración y tramitación de los formularios complementarios (PDF 861.32KB 27-11-2025) (PDF 861.32KB 27-11-2025)

Todo paciente tiene derecho a que quede constancia, por escrito o en el soporte técnico más adecuado, de la información obtenida en todos sus procesos asistenciales, realizados por el servicio de salud. Para ello, se recogerán los datos de los pacientes siempre que sean adecuados, veraces y pertinentes, teniendo presente que la información sanitaria no puede recopilarse de forma desleal, fraudulenta o ilícita.

La recogida y el tratamiento de datos de salud persiguen una finalidad principal muy clara plasmada en la propia finalidad de la historia clínica: garantizar una asistencia adecuada al paciente.

La protección de Datos personales es un derecho fundamental recogido en el artículo 18.4 de la Constitución Española y regulado por el Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD), y la LOPDGDD.

Esta normativa afecta a los profesionales que operan en el sector sanitario. En nuestro caso en particular, la normativa en protección de datos se complementa con la Ley de Autonomía del Paciente 41/2002 (enlace externo) (enlace externo), de 14 de noviembre, la cual se encarga de regular los derechos y las obligaciones en materia de información y documentación clínica en la que se regula su historial.

El RGPD define los datos relativos a la salud como los personales relativos a la salud física o mental de una persona física, incluida la prestación de servicios de atención sanitaria, que revelen información sobre su estado de salud

Los pacientes deben ser informados (enlace externo) (enlace externo)  en todo momento de:

  • Existencia de estos ficheros
  • Finalidad del mismo
  • Posibles destinatarios de la información
  • Identidad y dirección del responsable del mantenimiento del mismo
  • Posibilidad del ejercicio de sus derechos

 

La nueva normativa ya no establece las medidas de seguridad por niveles, si no que prevé que se apliquen medidas en función del riesgo que puedan ocurrir en el tratamiento de los datos

Por lo tanto, atendiendo a esto, en el caso del tratamiento de datos de salud el nivel del riesgo es enorme, por lo que habrá que diseñar una medidas organizativas y de seguridad conforme a dicho riesgo.

  • Registros de datos
    • Todo el proceso administrativo y asistencial se registra en soporte informático, en aplicaciones corporativas que cumplen con los requisitos normativos de seguridad y confidencialidad.
    • No está autorizado el uso de copias en papel de ninguna información que contenga datos personales o clínicos. Si por alguna causa justificada esto fuese necesario, la copia en papel estará en todo momento en posesión del profesional que la ha generado o, en su caso, custodiada bajo llave. Una vez haya finalizado su uso, el papel será archivado bajo llave si debe conservarse o eliminado al contenedor CONFIDENCIAL ubicado en el pasillo posterior de Consultas Externas.
    •  Si es necesario el registro de datos de pacientes en formato electrónico, se guardarán los archivos en las carpetas de red, ya sean personales o compartidas. Nunca se almacenarán en local en los ordenadores personales. Sólo estará permitido al archivo de ficheros electrónicos que contengan información personal cuando sean necesario durante el proceso asistencial.
    • Para la revisión de casos se utilizarán las funcionalidades que a tal efectos tienen incorporadas las aplicaciones corporativas, debiendo solicitarse una alternativa si estas no fuesen suficientes para el objetivo planteado.
  • Almacenamiento y custodia de registros con información clínica o personal
    • En caso de registros informatizados:
      • cuando el usuario deje de estar delante del ordenador de trabajo, cualquiera que sea el sitio donde este se ubique, deberá obligatoriamente ponerlo en modo suspensión (pulsando las teclas icono Windows + L).
    • En caso de registro en papel:
      • queda prohibido el uso de notas de papel o post it con datos personales o clínicos en ningún lugar visible del Servicio
      • cualquier registro o anotación con datos personales o clínicos deberá custodiarse bajo llave; una vez utilizado, se depositará en el contendor de Confidenciales para su destrucción (se prohíbe tirarlos a la papelera)
  • Relación con los pacientes
    • Consentimientos informados:
      • dada la imposibilidad por el momento de realizar el  proceso de firma del documento de consentimiento informado por procedimiento electrónico y seguir necesitando la firma en papel y posterior escaneado, una vez firmado por el paciente, el documento se llevará  a la Secretaría del Servicio y se entregará en mano a la secretaria, quien lo custodiará bajo llave hasta el momento de su recogida para traslado al Servicio de Documentación, donde será escaneado e incluido en la historia clínica digital.
      • en caso de no estar presente la secretaria, el facultativo custodiará bajo llave el documento firmado haciéndole entrega cuando esté presente. No se dejará ningún documento en la Secretaría sin entrega en mano. 
    • Los profesionales de la Unidad conocen y respetan las políticas y directrices para la comunicación electrónica segura con el paciente (ej.: email, redes sociales, mensajería instantánea, etc.).
  • Destrucción de los documentos en papel
    • Si fuese necesaria la impresión en papel de documentos con datos personales durante el proceso asistencial, el papel siempre estará en poder del profesional que lo ha generado, garantizando que no hay acceso de terceros a su contenido.
    • Una vez finalizado su uso, se procederá a su eliminación en el contenedor de papel confidencial situado en el pasillo posterior de consultas externas o en los contenedores habilitados al respecto en Sala de Hospitalizacion, Quirofano y Hospital de dia Médico

 

La protección de datos del paciente se puede regir por el siguiente DECALOGO (PDF 241.70KB 13-12-2021)

 

El acceso on line para pacientes de la historia clínica se puede realizar de la siguiente manera

Puedes consultar un resumen de tu historia clínica de manera telemática a través de la Oficina Virtual del sistema sanitario público de Andalucía ClicSalud+ (enlace externo).

Este servicio está disponible para las ocho provincias andaluzas y para realizar este trámite es necesario que cuentes con certificado digital, DNI electrónico y un lector del mismo o Cl@ve.

 

Con ClicSalud+ puedes consultar información sobre tu propia salud, tus citas tanto pasadas como futuras, los episodios más importantes de tu historia clínica y aspectos como la medicación que estás tomando, alergias y contraindicaciones. Los contenidos a tu disposición incluyen resultados de analíticas (ten en cuenta que los informes aparecerán cuando todos los resultados estén disponibles), así como pruebas de imagen y el informe de cada estudio realizado, además de datos específicos sobre incapacidades laborales tales como motivo de las mismas o fecha de recogida del siguiente parte de seguimiento.

 

La información contenida en ClicSalud+ es un resumen - no la totalidad - de la que consta en este momento en tu historia. Asimismo, accedes a un histórico de tus ingresos donde se reflejan también los diagnósticos y procedimientos principales experimentados desde 2006, así como los informes clínicos.

La información disponible se actualiza en el momento en que se producen cambios en tu historia de salud y puede consultarse desde cualquier dispositivo. Como particularidad puedes, además, descargar estos archivos como documentos separados en formato PDF y acceder a un apartado con tus datos personales.

La historia clínica digital ya está implantada en todos los centros de atención primaria del sistema, se puede acceder a ella desde las urgencias y las consultas externas de los hospitales del Servicio Andaluz de Salud y desde las unidades de cuidados Críticos y Urgencias.

Debes tener en cuenta que el contenido de ClicSalud+ tiene carácter meramente informativo y no sustituye ni equivale a la información facilitada por los profesionales.

 

17 de diciembre de 2021

La Secretaría General de Investigación, Desarrollo e Innovación en Salud de la Consejería de Salud y Familias de la JA, ha sacado nueva Resolución 1/2021, en la que aprueban instrucciones para la ordenación del acceso y uso de la información sanitaria contenida en los sistemas de información del sistema sanitario público de Andalucía con fines de investigación e innovación por las entidades dependientes de la consejería de salud y familias

Enlace externo

 

Los problemas de identificación y verificación de pacientes se producen en todos los ámbitos asistenciales y se asocian a errores producidos en cualquier punto del proceso asistencial del paciente, incluyendo: citas, ingresos, consultas, estancias hospitalarias, derivaciones, altas, etc.

La gran mayoría de los errores de identificación se detectan antes de que ocasionen daños al paciente. No obstante, una inadecuada identificación puede desencadenar errores con consecuencias graves para un paciente equivocado en la administración de medicamentos o transfusiones, realización de analíticas, pruebas diagnósticas o intervenciones quirúrgicas.

Identificar de forma inequívoca a los pacientes a los que va dirigida la asistencia sanitaria, y a su vez relacionar cualquier actuación a realizar con cada paciente, debe ser el punto de partida para una atención segura y de calidad, y una prioridad para todos los profesionales, sanitarios y no sanitarios, que tengan contacto con el paciente.

Así, el establecimiento de medidas para garantizar la identificación inequívoca de pacientes, muestras biológicas, pruebas diagnósticas y toda la documentación clínica asociada a este, se muestran como objetivos clave tanto de la Estrategia para la Seguridad del Paciente del Sistema Nacional de Salud como del Sistema Sanitario Público de Andalucía.

 

 

 

 

 

 

Última Actualización de la Página: 09/06/2026 08:00:18